- Que sus miembros ocupen en conjunto 20.000 trabajadores a lo menos, en faenas permanentes.
- Que dispongan de servicios médicos adecuados, propios o en común con otra mutualidad, los que deben incluir servicios especializados incluso en rehabilitación.
- Que realicen actividades permanentes de prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Que no sean administradas directa ni indirectamente por instituciones con fines de lucro.
- Que sus miembros sean solidariamente responsables de las obligaciones contraídas por ellas.
lunes, 21 de octubre de 2013
¿Qué son las mutualidades de empleadores?
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