Conociendo las Enfermedades Laborales
¿Qué es una Enfermedad Profesional?
Una Enfermedad Profesional es aquella que es causada, de manera directa, por el ejercicio del trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Para ser considerada como Enfermedad Profesional, debe existir una relación causal entre el quehacer laboral y la patología que provoca la invalidez o la muerte.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Todo/a trabajador/a afiliado/a al ISL que presente una enfermedad causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que le produzca incapacidad o muerte.
Los y las trabajadores/as afiliados/as al ISL son:
- Los y las trabajadores/as dependientes (por cuenta ajena).
- Los y las trabajadores/as independientes (por cuenta propia) que cotizan en el ISL por la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Los y las funcionarios/as públicos/as.
¿Qué pasos hay que seguir para acceder a este beneficio?
Trámite en oficina
- Su empleador/a debe completar el Formulario Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), el que puede obtener descargándolo en la página institucional del ISL (www.isl.gob.cl), o solicitarlo en los Centros de Atención Médica en convenio con el ISL, o en las Agencias Regionales del ISL. En caso que su empleador/a no pueda o no quiera completar el Formulario Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), podrá hacerlo el o la mismo/a trabajador/a o un tercero que tome conocimiento de la enfermedad (familiar, médico tratante, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, entre otros).
- Diríjase a la Agencia Regional del Instituto de Seguridad Laboral más cercana para presentar la denuncia. Si cuenta con antecedentes complementarios, como contrato de trabajo, exámenes, certificados médicos, entre otros, acompáñelos a la denuncia. Puede consultar las direcciones de las Agencias Regionales del ISL, en esta misma página web.
- A la persona que lo atienda, explique que necesita presentar una Denuncia de Enfermedad Profesional (DIEP).
- Entregue los documentos mencionados en los pasos 1 y 2. Siga las instrucciones del o la funcionario/a que lo está atendiendo.
- Aquí se inicia el proceso de calificación de origen de enfermedad para determinar si es laboral o común. Para esto, el ISL podrá realizar exámenes médicos, evaluación de puesto de trabajo, historial ocupacional, entre otros.
- El proceso termina cuando el ISL emite una Resolución de Calificación de Origen. En caso que se defina como una enfermedad laboral, se entregará una orden de atención a un centro médico en convenio para recibir el correspondiente tratamiento.
- En caso de no encontrarse de acuerdo con las resoluciones emitidas por el ISL, se pueden presentar reclamaciones y/o apelaciones ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) y la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
¿Qué costo tiene el servicio?
Ninguno.
¿Cuál es la vigencia del servicio?
Para denunciar una enfermedad profesional, existe un plazo máximo de 5 años.
Información relacionada
- D.S. N° 101
- D.S. N° 109
Observación: Si el o la trabajador/a afiliado/a, dado el tipo de servicios prestados a su empleador/a, tiene calidad jurídica de Obrero/a, será derivado para recibir las prestaciones de salud requeridas, al Servicio de Salud.
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