miércoles, 30 de octubre de 2013

miércoles, 23 de octubre de 2013

Conociendo que es un accidente de Trayecto...

El Accidente de Trayecto
 
Unos de los accidentes más denunciados por los trabajadores, son los denominados accidentes de trayecto, ¿pero que es un accidente de trayecto?

Según lo señala el artículo 5 de la ley 16.744, sobre accidentes de trabajo, entendemos por accidente de trayecto los  accidentes  ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquéllos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores.
 
Ud. como trabajador debe tener en cuenta que no tiene ninguna importancia  el medio de transporte que utilice en su trayecto, ya sea que lo haga a pie, locomoción colectiva, automóvil propio, Metro, etc. Luego, por ejemplo,  no pueden exigirle que primero haga uso del seguro automotriz y solo después el seguro de la ley de accidentes del trabajo, UD. siempre tiene derecho a ser atendido con cargo al seguro Ley de Accidentes del Trabajo cuando sufre un accidente de trayecto laboral.

Aun cuando la ley no lo señala, de la doctrina que emana de los diversos dictámenes emitidos por la Superintendencia de Seguridad Social y por los Tribunales de Justicia,    para que un accidente  de este tipo sea considerado de “trayecto” debe reunir a lo menos ciertas características,  veamos:
 
Deber haberse dado inicio al “trayecto”:
Como primer requisito, es  necesario que el trabajador haya dado inicio al trayecto, esto es, debe tratarse del recorrido entre habitación y lugar de trabajo, y esto ocurre desde que sale de los límites de su casa habitación, por ende accidente ocurridos al interior de su domicilio, en el antejardín etc., no son accidentes de trayecto.

Un caso de destacar son los accidentes al interior de condominio, pues en un principio la Superintendencia señalaba que si el accidente ocurría al interior de condominio no se había dado inicio al trayecto, pero con posterioridad, y en forma acertada determino que estos accidentes si eran de trayecto, puesto que los espacios comunes de los condominios no se consideran como espacios donde la personas “tengan su habitación o morada”, y al transitar por estos las personas ya no estaban al resguardo de su casa habitación. Dictamen N°11.875 del año 1992.

El trayecto debe ser “Directo”: (2*)
Se exige que el trayecto sea  “directo” entre la habitación y el lugar del trabajo,  y esto debe ser realizado del modo más adecuado a las circunstancias y de modo racional, por lo que si el trabajador hace un desvío para realizar gestiones personales, (ej.  Visitar un familiar, arreglar el auto etc.) se pierde el derecho al seguro, a menos que el trabajador pruebe que el desvío se debió a fuerza mayor o para satisfacer una necesidad ineludible. Esto último según se desprende de distintos dictámenes emanados de la Superintendencia de Seguridad Social. Dictamen N°5.504 del año 1994.

Trayecto no interrumpido.
El trabajador no debe interrumpir el trayecto, este debe ser realizado de manera continua, en dirección habitación – lugar de trabajo, o viceversa, así como también entre trayecto entre dos empleadores. Hay interrupción, por ejemplo, si antes de llegar a su casa se detiene para ir al cine o a compartir con amigos, ya que en este caso pierde el derecho a ser cubierto por este seguro. 

Trayecto Racional.

Esto significa que el trayecto sea lógico, no exagerado, por ejemplo si Ud., vive en una comuna y trabaja en la comuna vecina, no sería racional, que el accidente ocurra tres comunas mas allá, pues esto  no resulta  lógico; otro ejemplo seria que si entre su lugar de habitación y trabajo existe un tiempo de desplazamiento de aproximadamente 45 minutos, no podría denunciar un accidente ocurrido tres horas después de su horario de salida.
 
Derribando algunos mitos respecto al accidente de trayecto:
Con bastante frecuencia escuchamos diversos comentarios respecto al accidente de trabajo, que se han popularizado pero que no tienen ninguna base legal, permítanme hacerme cargo de al menos tres de ellos:

Mito 1: El seguro solo cubre una hora desde la salida del trabajo.

Muchos trabajadores creen que el seguro solo cubre la primera hora desde la salida de su lugar de trabajo o habitación. Esto es falzo, el trayecto no está limitado a una cantidad de tiempo  fijo, pero  el tiempo entre la salida y el accidente debe guardar relación con el carácter de “racional del accidente”, por lo que el tiempo debe considerarse en relación a la distancia a recorrer,  las condiciones de transito, disponibilidad de medios de transporte etc. Así entonces si un trabajador vive solo a cuadras de su trabajo, el tiempo lógico para que le ocurra un accidente es mucho menor que aquel que vive a un par de kilómetros o más.
 
MITO 2: Es requisito indispensable contar con un “Parte Policial”
Existe un mito generalizado entre los trabajadores, y es que para tener derecho al seguro, en caso de accidente de trayecto,  obligatoriamente debe tener un parte policial. Lo anterior incluso ha sido fomentado por alguna mutualidad, olvidando que si bien es cierto que el Decreto Supremo 101 en su art. 7 señala que el accidente debe acreditarse con el respectivo parte policial, lo norma agrega que este puede ser probado por “otros medios igualmente fehacientes”. Esto significa que Ud. puede probar el accidente por cualquier medio de prueba  y no pueden negarle la atención por no contar con un parte policial. Al respecto la Superintendencia de Seguridad Social ha señalada en diversos Dictámenes   que: “La declaración de la víctima, cuando ha sido corroborada por otros elementos de convicción puede dar lugar a la calificación de un siniestro como accidente del trabajo en el trayecto.

El que “la sola declaración de la victima puede ser prueba suficiente”  ha sido tajantemente señalado por la Superintendencia de Seguridad Social,  en diversos dictámenes, tales como dictámenes N°10.024 del 2002, N°1.934 de 1999, N°1.530 de 1994.

Al respecto hay que tener presente que esto se basa en un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico, consistente en el principio jurídico que la buena fe se presume, y la mala fe debe ser probada.

Qué hacer si le niegan atención por falta de un parte policial?  Como primera medida, presente un reclamo por escrito, señalando que según el decreto Supremo 101 y los Dictámenes de la Superintendencia de Seguridad Social, no es requisito el parte, ya que el accidente puede probarse por otros medios de prueba. Si la negativa persiste presente un reclamo formal ante la Superintendencia de Seguridad Social, acompañando todos los medios de prueba que posea (ejemplo: su propia declaración señalando todos los detalles del accidente, testigos, fotografías, comprobante atención médica etc.)

El tema de los accidentes de trayectos es por cierto interesante y  en esta oportunidad solo hemos dado un explicación general,  esperando haber podido contribuir en aclarar algunas dudas básicas, por cierto que hay mucha aristas que tocar, por ejemplo ¿qué ocurre si sufre un accidente en trayecto a colación?

Mito 3. Accidente en horario colación es de riesgo del trabajador.

Primero debemos aclarar que esto está referido en aquellos casos en que el trabajador sale de las dependencias de la empresa para hacer uso del derecho a colación, lo que es muy común en empleados de oficina, comercios, bancarios etc., y en ese desplazamiento sufre un accidente, entonces ¿este accidente puede ser considerado de trayecto?
 
Al respecto, se ha señalado en la jurisprudencia, que la colación no rompe necesariamente la relación laboral, veamos cómo influye esta idea en el accidente de trayecto a colación.

La jurisprudencia emanada de la Superintendencia de Seguridad Social, ha establecido que este tipo de accidentes, están cubiertos por la ley de accidentes del trabajo y deben ser considerados como accidentes de trayecto, pues si bien el desplazamiento no es directo al hogar, este se realiza para cubrir la natural necesidad de toda persona para  ingerir su colación, siendo este un derecho irrenunciable de todo trabajador contemplado en el Código del Trabajo, y efectuado con el ánimo de reanudar la jornada laboral. Bien es cierto que el trayecto debe ser efectuado con ese fin, pues si el fin último es el de pagar cuentas,  visitar amigos u otro ajeno a de “colación”, el accidente no puede calificarse de trayecto, es decir también se aplica en estos caso el   criterio de trayecto directo, racional y no interrumpido.
 
Al respecto  citaremos un Dictamen del año 1992 emitido por la  SUSESO, que es bastante claro al respecto. “El cumplimiento de una necesidad como la de almorzar o tomar algún alimento en medio de la jornada de trabajo, no rompe necesariamente la relación laboral durante el tiempo que haya de emplearse en atender dicha necesidad, ya que al momento de realizarla, la victima  está determinada  por la circunstancia de haber estado trabajando y con ánimo de reanudar sus labores.” Dictamen 8.305 de 1992.

Y si el trabajador almuerza en el recinto de la empresa y le ocurre un accidente en el casino? Pues bien acá  estamos ante un accidente amparado por  la ley  de accidentes del trabajo, pero más bien se trataría de un accidentes de trabajo “con ocasión del trabajo”, situación que es indiferente al trabajador pues los beneficios son exactamente los mismos, ya sea que se trate de un accidente de trayecto o de trabajo (a causo o con ocasión). ¿Qué ocurre si el accidente se produce cuando el trabajador regrese de alguna actividad recreacional de le empresa, tales como paseos de fin de año, comida aniversario de la empresa etc.?

Si el accidente se produce en el trayecto desde un lugar distinto del lugar de trabajo, con ocasión de la asistencia de los trabajadores a actividades  recreacionales, comidas, premiación, etc., organizada  por la empresa, el accidente también está cubierto por la ley. Pero debemos ser categóricos que estas actividades deben ser organizadas por la empresa o empleador (no así si es de tipo sindical,  de común acuerdo entre compañeros etc.), que esta actividad sea de carácter obligatorio para los trabajadores y que el trayecto se  realice entre el establecimiento donde se realizo la actividad y  la casa habitación,  trayecto directo, racional y no interrumpido.

El que una actividad recreacional, organizada por la empresa, no rompe el vinculo laboral y por ende los accidentes ocurridos en ella están cubiertos por la ley de accidentes del trabajo, está consagrado en diversos Dictámenes de la SUSESO, tales como el que señala que para que un accidente sea calificado de laboral  “..debe existir, al menos, un vínculo de causalidad indirecto entre el quehacer laboral de la víctima y la lesión producida.  En la especie, ...el trabajador se accidentó  en momentos  en que participaba, dentro de su jornada  laboral, en una actividad que si bien era de carácter deportivo, se insertaba dentro del marco de las actividades  de celebración  de su entidad empleadora, siendo de toda evidencia que en este caso  hubo relación, al menos indirecta, entre el trabajo desarrollado por la victima y la lesión producida. Dictamen 90 del año 1999.
 
¿Cuándo el accidente ocurre en el traslado entre 2 trabajos a quien le corresponde el seguro?
En este caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro, pues asi lo señala expresamente el articulo 5 de la ley 16.744.

¿Quien es el Órgano Competente para interponer un reclamo, respecto a la calificación de accidente de trabajo o común? Los Organismo competentes para conocer de una reclamación de este tipo, son en primera instancia la propia Mutualidad, o I.S.L. que emitió el dictamen, presentando el trabajador un recurso de  reposición o dicho de otro modo, de reconsideración, o bien reclamando directamente a la Superintendencia de Seguridad Social, o bien a los tribunales de justicia.
 
La Inspección del Trabajo, en general, no tiene facultades para la calificación del origen laboral de un accidente, tal como lo manifiesta en el siguiente dictamen:
“La Dirección del Trabajo carece de competencia legal para pronunciarse  si un accidente ocurrido con motivo de la colación de un trabajador que no registró su hora de salida para este fin constituye o no accidente del trabajo, o  podría configurarse  abandono de trabajo, materias que corresponde conocer a los organismos administradores del seguro de accidente del trabajo y enfermedades profesionales de la ley 16.744,  y a los tribunales de justicia, respectivamente” ORD.:1006 – 51 del 27/03/2002. Dirección del Trabajo.

Cobertura del accidente común.

Hay que tener presente que si un accidente no califica de laboral, no significa la total desprotección de la persona, pues en este caso el accidente debe ser cubierto con cargo al sistema de salud previsional (Isapre o Fonasa) del trabajador.
Para finalizar daremos algunos ejemplos de situaciones que, en general, NO SON  accidentes de trayecto:
- Accidente producidos al interior de la casa habitación del trabajador.
- Accidente ocurrido en el antejardín de la casa del trabajador.
- Accidente cuando el trayecto es indirecto y/o interrumpido, como el  ocurrido con dirección al domicilio pero después de haber visitado un familiar, amigo, ir al cine  etc.
- Accidente cuando el trayecto no es racional, ej., trabaja en San Bernardo, vive en La Cisterna y se accidenta en Recoleta, o bien el ocurrido tres horas después de salida del trabajo, cuando el trayecto racional es de una hora.
- Accidente después de haber asistido a una actividad deportiva o recreacional  organizada por los compañeros del trabajo.
- Accidente ocurrido tras reunión sindical respecto de trabajador que no es dirigente.
- Accidente producido intencionalmente por la victima.

Decimos que “en general” no son accidentes de trayecto, pues siempre pueden existir circunstancias especialísimas  que pudieran variar la calificación del accidente, situación que queda entregada en primer lugar  en el Organismo administrador del seguro (Mutualidades o I.S.L) y en segunda en la Superintendencia de Seguridad Social, sin perjuicio de llevar el asunto a conocimiento de los Tribunales de justicia.

Información sacada de:http://www.paritarios.cl/especial_el_accidente_de_trayecto.htm

martes, 22 de octubre de 2013

Manipulación de Líquidos Inflamables




MANEJO SEGURO DE LÍQUIDOS INFLAMABLES



Se usan líquidos inflamables en muchos lugares de trabajo. Éstos pueden abarcar desde líquidos para limpieza, pinturas y gasolina, hasta líquidos más volátiles y peligrosos. Si se recuerdan algunas reglas sencillas, de sentido común, al manejar y almacenar líquidos inflamables, se pueden evitar lesiones a su persona y a sus compañeros de trabajo, así como evitar incendios en el sitio de trabajo.
Los líquidos inflamables en sí no arden, pero según se evapora el líquido, emite vapores que, al mezclarse con el aire, forman gases peligrosos que pueden incendiarse con sólo una pequeña chispa. La gasolina, por ejemplo, se evapora a temperaturas tan bajas como 45 grados Fahrenheit bajo cero. Según aumenta la temperatura, la tasa de evaporación aumenta y se emiten más y más vapores. Los vapores generalmente son más pesados que el aire y por lo tanto se acumulan en las áreas más bajas que puedan alcanzar. Sin una buena ventilación para disiparlos, una pequeña chispa puede causar un desastre enorme.
Se debe leer con cuidado las etiquetas que los fabricantes colocan sobre los recipientes que contienen líquidos inflamables antes de usarlos o almacenarlos. Se debe tener orden y limpieza en las áreas de almacenaje de líquidos inflamables. Limpie inmediatamente cualquier derrame y coloque los paños usados en la limpieza dentro de un recipiente metálico cerrado con ventilación por abajo. Use sólo recipientes metálicos de seguridad aprobados, o el recipiente del fabricante original para almacenar líquidos inflamables. Mantenga los recipientes cerrados cuando no estén en uso; almacénelos alejados de salidas y pasillos.
No confíe en su olfato para determinar que un área o recipiente está libre de vapores. No todos los líquidos inflamables emiten gases con olor. Algunos vapores también son venenosos, además de ser inflamables. Use líquidos inflamables sólo donde se cuente con una ventilación adecuada.
Tenga cuidado de no derramarse líquidos inflamables sobre su persona o su ropa. Éstos pueden ocasionar irritación dolorosa de la piel o incendiar la ropa envolviendo a la persona en llamas. Si se derrama un líquido inflamable sobre su persona, láveselo de inmediato, o cámbiese de ropa lo más rápidamente posible.
Mantenga los líquidos inflamables alejados de llamas y chispas, y nunca fume en áreas donde hay líquidos inflamables presentes. Trate los líquidos inflamables con respeto y observe todas las recomendaciones de los fabricantes en sus usos.


lunes, 21 de octubre de 2013

¿Qué son las mutualidades de empleadores?

¿Qué son las mutualidades de empleadores?

Las mutualidades de empleadores son Instituciones de Derecho Privado, sin fines de lucro, creadas única y exclusivamente con el objeto de entregar las prestaciones de la Ley 16.744 y que deben reunir – copulativamente – las siguientes características:
  1. Que sus miembros ocupen en conjunto 20.000 trabajadores a lo menos, en faenas permanentes.
  2. Que dispongan de servicios médicos adecuados, propios o en común con otra mutualidad, los que deben incluir servicios especializados incluso en rehabilitación.
  3. Que realicen actividades permanentes de prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  4. Que no sean administradas directa ni indirectamente por instituciones con fines de lucro.
  5. Que sus miembros sean solidariamente responsables de las obligaciones contraídas por ellas.
Las mutualidades se rigen por sus estatutos y por el Estatuto Orgánico de las Mutualidades D.S. No 285 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 26 de febrero de 1969, y están sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social, la que además podrá impartir instrucciones obligatorias para el cumplimiento de la Ley.

jueves, 17 de octubre de 2013

Libro Casos Prácticos De Prevención de Riesgos Laborales

Casos Prácticos De Prevención de Riesgos Laborales

Pedro Mateo Floría
Diego González Maestre.
Comentario Bibliográfico
El lector encontrará en este libro 191 casos prácticos, todos completamente resueltos, relacionados con la prevención de riesgos laborales. La selección de estos casos prácticos se ha llevado a cabo con el criterio de que puedan abarcar todas aquellas situaciones que se presentan, habitualmente, en las empresas. Su contenido comprende los siguientes cuatro grandes capítulos:

  • Gestión de la prevención.
  • Seguridad en el trabajo.
  • Higiene industrial.
  • Ergonomía.

Cada uno de los casos prácticos se resuelve de manera clara y detallada. Su desarrollo se estructura en los siguientes apartados:
  • Criterios aplicables para la solución del caso práctico.
  • Comentarios de los autores.
  • Solución.

El libro será de gran utilidad para aquellas personas que tienen responsabilidades en prevención de riesgos laborales dentro de las empresas, porque aprovecharán los conocimientos y la experiencia de los autores. Asimismo, ayudará a las personas en formación, que encontrarán una aplicación práctica inmediata a los conocimientos técnicos adquiridos. 


domingo, 13 de octubre de 2013

Salud Ocupacional "La Silicosis"

La Silicosis
 
La silicosis es una enfermedad fibrósica-cardiovascular de carácter irreversible y considerada enfermedad profesional incapacitante por muchos países.

Consiste en la fibrosis nodular de los pulmones y la dificultad para respirar causadas por la inhalación prolongada de compuestos químicos que contienen sílice cristalina. Con frecuencia produce la muerte, causada por respirar algo que contiene partículas muy pequeñas de sílice cristalina (por ejemplo el tabaco). La exposición a sílice cristalina se puede presentar durante la minería, metalurgia, industria relacionada con químicos, pinturas, cerámicas, mármol, vidrieras y con menor frecuencia las industrias de filtros, aisladores, pulimentos, tuberías, termoaislantes, construcción y mampostería. Actividades como cortar, romper, aplastar, perforar, triturar o cuando se efectúa la limpieza abrasiva de estos materiales pueden producir el polvo fino de la sílice. También puede estar en la tierra, en el mortero, en el yeso y en las ripias. Las partículas muy pequeñas de sílice pueden estar en el aire que se respira y quedar atrapadas en los pulmones. Las partículas y fibras más pequeñas son las más peligrosas dado que son las que pueden alcanzar los bronquios, generalmente se considera que este tamaño por debajo del cual se presenta el riesgo de sufrir silicosis se da para partículas inferiores a las 5 micras. A medida que el polvo se acumula en sus pulmones, estos sufren daños y se hace más difícil respirar con el paso de los años.
 
A nivel celular, la exposición al polvo de sílice genera el rompimiento de orgánulos celulares-vasculares llamados lisosomas, los cuales contienen numerosas enzimas que degradan componentes tanto internos (orgánulos deteriorados) como externos (proteínas captadas desde el exterior por endocitosis, por ejemplo). Estas enzimas se depositan en los pulmones, causando importantes daños en ellos. Esta enfermedad es de tipo funcional, es de causa interna (causada por la sílice) y principalmente se da en los mineros o canteros. 
Tipos de silicosis
Existen tres tipos de silicosis:
  1. Silicosis crónica: Por lo general se presenta después de 10 años de contacto con niveles bajos de sílice cristalina. Éste es el tipo más común de silicosis. Se veía especialmente en los mineros.
  2. Silicosis acelerada: Resulta del contacto con niveles más altos de sílice cristalina y se presenta 5 a 15 años después del contacto.
  3. Silicosis aguda: Puede presentarse después de solo semanas o meses de estar en contacto con niveles muy altos de sílice cristalina. Los pulmones se inflaman bastante y se pueden llenar de líquido causando una dificultad respiratoria grave y bajos niveles de oxígeno en la sangre.
Síntomas
Los síntomas pueden no aparecer en las primeras etapas de la silicosis crónica. De hecho, la silicosis crónica puede no ser detectada durante 15 a 20 años después de haber estado expuesto. A medida que la silicosis avanza, los síntomas pueden incluir:
  • Dificultad para respirar
  • Tos fuerte
  • Debilidad
Debido a que la habilidad del cuerpo de combatir infecciones puede ser debilitada por la sílice en los pulmones, es posible que aparezcan otras enfermedades (como la tuberculosis) que pueden causar:
  • Fiebre
  • Pérdida de peso
  • Sudores nocturnos
  • Dolores en el pecho
  • Insuficiencia respiratoria
Estos síntomas pueden empeorar con el tiempo y causar la muerte.
COMO PREVENIR LA SILICOSIS
Varias son las medidas que los empleadores y trabajadores pueden tomar para tratar de evitar la silicosis. Entre ellas, cabe citar:
 
  • Controlar de modo generalizado la exposición al polvo, reduciendo al mínimo el polvo presente en los lugares de trabajo.
  • Utilizar materiales de chorreo abrasivo que sean menos peligrosos que los que contienen sílice cristalina.
  • Instalar controles técnicos (ventilación de escapes localizados) y métodos de contención (gabinetes y máquinas de limpieza a chorro) para evitar que el polvo escape al aire.
  • Capacitar a los trabajadores acerca de los efectos del polvo de sílice en la salud y acerca de las técnicas de trabajo apropiadas para reducir el polvo.
  • Mojar las superficies antes de proceder a limpiarlas.
  • Utilizar aspiradoras con filtros de aire particulado de alta eficacia (HEPA) o barrer sobre mojado durante las tareas de limpieza.
  • No barrer nunca en seco ni limpiar el polvo con aire comprimido.
  • Llevar puestas mascarillas de respiración siempre que sea necesario para evitar respirar el polvo.
  • Darse cuenta de que las mayores concentraciones de sílice pueden encontrarse en interiores durante labores tales como chorreo abrasivo o corte con sierra de ladrillos, gres, etc. Llevar puestas mascarillas de respiración con suministro de aire en caso de levantarse demasiado polvo.
  • Bañarse o lavarse, y ponerse ropa limpia antes de abandonar el lugar de trabajo.
Los puntos clave para prevenir la silicosis son reducir el polvo en el aire que contiene sílice y evitar respirar polvo que contenga sílice. Aunque una vez que aparece no existe cura para esta enfermedad, puede prevenirse totalmente si los empleadores y trabajadores colaboran para minimizar la exposición al sílice.

Fuente:
Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades
Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional
Paritarios.cl

miércoles, 9 de octubre de 2013

Enfermedad Profesional


Conociendo las Enfermedades Laborales

¿Qué es una Enfermedad Profesional?

Una Enfermedad Profesional es aquella que es causada, de manera directa, por el ejercicio del trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Para ser considerada como Enfermedad Profesional, debe existir una relación causal entre el quehacer laboral y la patología que provoca la invalidez o la muerte.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Todo/a trabajador/a afiliado/a al ISL que presente una enfermedad causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que le produzca incapacidad o muerte.
Los y las trabajadores/as afiliados/as al ISL son:
  • Los y las trabajadores/as dependientes (por cuenta ajena).
  • Los y las trabajadores/as independientes (por cuenta propia) que cotizan en el ISL por la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Los y las funcionarios/as públicos/as.
¿Qué pasos hay que seguir para acceder a este beneficio?
Trámite en oficina
  1. Su empleador/a debe completar el Formulario Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), el que puede obtener descargándolo en la página institucional del ISL (www.isl.gob.cl), o solicitarlo en los Centros de Atención Médica en convenio con el ISL, o en las Agencias Regionales del ISL.  En caso que su empleador/a no pueda o no quiera completar el Formulario Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), podrá hacerlo el o la mismo/a trabajador/a o un tercero que tome conocimiento de la enfermedad (familiar, médico tratante, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, entre otros).
  2. Diríjase a la Agencia Regional del Instituto de Seguridad Laboral más cercana para presentar la denuncia. Si cuenta con antecedentes complementarios, como contrato de trabajo, exámenes, certificados médicos, entre otros, acompáñelos a la denuncia. Puede consultar las direcciones de las Agencias Regionales del ISL, en esta misma página web.
  3. A la persona que lo atienda, explique que necesita presentar una Denuncia de Enfermedad Profesional (DIEP).
  4. Entregue los documentos mencionados en los pasos 1 y 2. Siga las instrucciones del o la funcionario/a que lo está atendiendo.
  5. Aquí se inicia el proceso de calificación de origen de enfermedad para determinar si es laboral o común. Para esto, el ISL podrá realizar exámenes médicos, evaluación de puesto de trabajo, historial ocupacional, entre otros.
  6. El proceso termina cuando el ISL emite una Resolución de Calificación de Origen. En caso que se defina como una enfermedad laboral, se entregará una orden de atención  a un centro médico en convenio para recibir el correspondiente  tratamiento.
  • En caso de no encontrarse de acuerdo con las resoluciones emitidas por el ISL, se pueden presentar reclamaciones y/o apelaciones ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) y la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
¿Qué costo tiene el servicio?

Ninguno.
¿Cuál es la vigencia del servicio?

Para denunciar una enfermedad profesional, existe un plazo máximo de 5 años.
Información relacionada
-       Ley N° 16.744 que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales http://www.leychile.cl/Consulta

-       D.S. N° 101
-       D.S. N° 109
Observación: Si el o la trabajador/a afiliado/a, dado el tipo de servicios prestados a su empleador/a, tiene calidad jurídica de Obrero/a, será derivado para recibir las prestaciones de salud requeridas, al Servicio de Salud.

Información sacada de: http://www.isl.gob.cl/?p=3569 

martes, 8 de octubre de 2013

Importancia de la Ergonomía



  • Que es la Ergonomía
  • Los principios básicos de la Ergonomía
  • Puntos que hay que recordar acerca del diseño del puesto de trabajo
  • El trabajo que se realiza sentado y el diseño de los asientos 
  • El escritorio adecuado
  • Algunas otras cosas a tener en cuenta..
Información sacada de: http://laergonomiayelambitolaboral.blogspot.com/
   

domingo, 6 de octubre de 2013

Libro sobre "Manual de Seguridad Vial Laboral"

MANUAL DE SEGURIDAD VIAL LABORAL


Enriquez Palomino, Antonio


Comentario Bibliográfico

Los accidentes de tráfico tienen unas consecuencias humanas, sociales y económicas de gran trascendencia, habiéndose convertido en un problema con una triple dimensión:
-          Es un problema de seguridad pública
-          Es un problema de salud pública, y
-          Es un problema social
Pero además, es también un problema laboral y de mucha importancia.
El uso de vehículos ha ido en continuo crecimiento en los últimos años, y el coche, principalmente, se ha convertido en una necesidad. Pero hay un dato que se debe destacar: la mayoría de del tiempo que pasamos al volante es para ir y volver del trabajo, o para desplazarse dentro de la jornada laboral.
En la medida en que crecen el número de vehículos y de desplazamientos, lo hace también el riesgo de accidente de tráfico.
Por todo ello, tenemos que ser conscientes que el uso de vehículos y el riesgo que ello supone, se ha convertido en uno de los principales caballos de batalla de las autoridades públicas en materia de prevención de riesgos laborales y en uno de los principales campos de acción de las empresas y de todos los profesionales de la seguridad y salud. Así, las actividades relacionadas con la conducción o uso de vehículos han de tenerse en cuenta en el marco de la prevención de riesgos laborales, debiendo la empresa adoptar medidas preventivas al respecto. 
Esta situación ha llevado a que desde la Administración se lleven a cabo continuamente campañas de concienciación del peligro que supone el uso de vehículos en el trabajo y, sobre todo al ir y volver del mismo, así como otra serie de medidas que, afortunadamente, están dando sus frutos, como la inclusión de los planes de movilidad para poder acogerse al Decreto de Bonus.
Desde la propia Comisión Europea, se ha dicho que la seguridad vial es una “responsabilidad compartida” entre todos los agentes públicos y privados, y plantea como reto evitar todas las víctimas mortales del tráfico (visión cero). Para llegar a esto no sirven las iniciativas aisladas, sino que hay que planificar, marcarse objetivos e implicar a toda la sociedad civil.
En este punto, es importante dar algunas cifras. De los 518.150 accidentes laborales con baja que se produjeron en 2011, 58.938 fueron accidentes de tráfico, lo que supone más del 10%, y con el trágico balance de 716 víctimas mortales.
Los accidentes de tráfico laborales suponen una parte importante de los accidentes laborales mortales (30'7%), siendo mayoritarios los que se producen en los desplazamientos de los trabajadores a sus puestos de trabajo. Por lo tanto 3 de cada 10 accidentes laborales mortales se producen por causas de tráfico.
Aunque se observa una mejora progresiva en el número de accidentes laborales de tráfico en España, por su importancia sobre el número total de accidentes laborales, tenemos todavía mucho camino por recorrer y es uno de los ámbitos de la siniestralidad laboral en el que debemos centrar todos nuestros esfuerzos. De ahí la importancia que la Seguridad Vial Laboral tiene en el conjunto de la prevención de riesgos laborales.

viernes, 4 de octubre de 2013

Importancia del correcto Uso de los Elementos de Protección Personal

Acá les daré a conocer un blog sobre Prevención de Riesgos en la Minería  Industria, Inversiones y finanzas,Gestión de operaciones y proyectos Mineros.


Algo de su contenido
La importancia del uso correcto de equipos de protección personal


El Equipo de Protección Personal (EPP) es aquel dispositivo físico que protege a la persona frente a los riesgos que pueden presentarse en las actividades laborales para prevenir la ocurrencia de accidentes y daños personales entre los colaboradores de la organización. El EPP es de uso obligatorio y de responsabilidad de cada trabajador para lo cual la empresa está obligada a proporcionar gratuitamente el EPP apropiado a cada uno de los colaboradores correspondientes a las actividades laborales que se realizan en sus instalaciones.

El EPP es de naturaleza personal, normalmente no es intercambiable y requiere de particular cuidado para mantenerse en excelentes condiciones de operación y mantenimiento para garantizar una protección segura al momento de utilizarse por parte de los trabajadores. El EPP requiere ser revisado e inspeccionado periódicamente para verificar su vigencia, estado de conservación y funcionamiento adecuado. Las personas que realizan una tarea deben contar con una evaluación previa del puesto que incluya necesariamente un levantamiento de identificación de los peligros y una evaluación de los riesgos que permita establecer qué tipo de EPP es el verdaderamente apropiado para cada tarea. Los EPP necesarios para cada actividad deben estar disponibles en las zonas de operación de manera que la tarea se pueda iniciar solamente si el personal cuenta con el EPP apropiado para su diseño de tarea industrial. Es responsabilidad de los trabajadores y de la supervisión asegurar el uso correcto de los EPPs en las zonas de trabajo de cada organización.

El uso de EPPs es materia de entrenamiento especializado donde la recomendación es la participación activa del proveedor-fabricante del equipo de protección personal en el mercado. Lo importante es explicar la manera correcta de usarse y el grado de protección que se adquiere cuando se usa. Existen muchos detalles en la manera como se utiliza el EPP, los tamaños y tallas disponibles que deben ser utilizados, los mecanismos de ajuste, la manera correcta de utilizarlos, la manera de limpiarlos, la manera de almacenarlos o guardarlos operativamente y los criterios específicos que deben tenerse en cuenta para su inspección y mantenimiento apropiados.

Los fabricantes de EPPs disponen de excelentes programas de entrenamiento y capacitación especializada en el uso del equipo de protección personal que brindan al mercado. En ese sentido incluso se programan y desarrollan pruebas piloto para el caso de nuevas condiciones de operación de manera que pueda probarse el EPP más apropiado o sus variantes y accesorios antes de su incorporación industrial para una mayor protección a los trabajadores mejorando el nivel de riesgo de la organización. Existen dispositivos preparados específicamente para el almacenamiento y prueba de los EPPs de las principales marcas del mercado.

La tendencia mundial es avanzar hacia un EPP que tenga poco peso, sea versátil, fácil de usar, no genere incomodidad en el momento de la operación y proporcione la mayor protección posible frente al entorno laboral. Los EPPs han avanzado mucho en materia de protección respiratoria, visual, facial, auditiva, de cabeza, manos, pies, protección corporal de espalda, cintura o protección total incluyendo trajes especiales y todo tipo de accesorios recomendados por sus respectivos fabricantes.

Los EPPs son necesarios para nuestra mejor protección humana en el entorno industrial y hay que saber utilizarlos de la manera correcta para lograr la mayor seguridad posible ya que un EPP mal utilizado es un EPP que no guarda la protección para la cual fue diseñado y por lo tanto puede exponer a las personas a una falsa sensación de seguridad y conducirlas directamente al peligro con posibilidad de causar un accidente o daño que tengamos que lamentar. Es muy importante tomar consciencia de la importancia del uso del EPP en las tareas industriales y las responsabilidades que conlleva su correcta utilización y mantenimiento para los operadores, los supervisores y los empresarios en toda la comunidad laboral.